IES Antonio Buero Vallejo
Antonio Buero Vallejo

FPB Cocina y Restauración

 

CICLO FORMATIVO DE FORMACION PROFESIONAL BASICA

COCINA Y RESTAURACION

 

Competencia general.

Realizar con autonomía, las operaciones básicas de preparación y conservación de elaboraciones culinarias sencillas en el ámbito de la producción en cocina y las operaciones de preparación y presentación de alimentos y bebidas en establecimientos de restauración y catering, asistiendo en los procesos de servicio y atención al cliente, siguiendo los protocolos de calidad establecidos, observando las normas de higiene, prevención de riesgos laborales y protección medioambiental, con responsabilidad e iniciativa personal y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.

 

Ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes.

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Ayudante o auxiliar de cocina.
  • Ayudante de economato de unidades de producción y servicio de alimentos y bebidas.
  • Auxiliar o ayudante de camarero en sala.
  • Auxiliar o ayudante de camarero en bar-cafetería.
  • Auxiliar o ayudante de barman.
  • Auxiliar o ayudante de cocina en establecimientos donde la oferta esté compuesta por elaboraciones sencillas y rápidas (tapas, platos combinados, entre otros).
  • Ayudante de economato de unidades de producción y servicio de alimentos y bebidas.

 

Duración del Ciclo y Módulos que lo componen.

Dos cursos académicos con un total de 2.000 horas.

 

PRIMER CURSO                                                                    
Técnicas elementales de preelaboración 6 horas
Procesos básicos de producción culinaria 6 horas
Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación.  

4 horas

Atención al cliente 2 horas
Ciencias aplicadas I 5 horas
Comunicación y sociedad I 5 horas
Tutoría 2 horas

 

SEGUNDOR CURSO                                                                 
Técnicas elementales de servicio 6 horas
Procesos básicos de preparación de servicios de alimentos y bebidas 5 horas
Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering 4 horas
Ciencias aplicadas II 6 horas
Comunicación y sociedad II 6 horas
Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial 2 horas
Tutoría 1 horas
Formación en centros de trabajo 240 horas (tercer trimestre)

 

 

Normativa Ciclo Formativo

Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo

Decreto 55/2014, de 10/07/2014, por el que se regula la Formación Profesional Básica del sistema educativo en

Castilla-La Mancha.

Decreto 142/2014, de 1 de julio. por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Formación Profesional

Básica, Título Profesional Básico en Cocina y Restauración en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha:

 

 

Requisitos  de  acceso  a  los  Ciclos  Formativos  de  Formación  Profesional Básica.

Cumpliendo lo establecido en el artículo 3 del Decreto 55/2014, de 10 de julio, podrá acceder a estas enseñanzas el alumnado que cumpla simultáneamente los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos los quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
  2. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (3º ESO) o, excepcionalmente, haber cursado segundo de Educación Secundaria Obligatoria.
  3. Haber sido  propuesto  por  el  equipo  docente  a  los  padres,  madres  o  tutores  legales  para  la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica a través del consejo orientador.

 

Acceso a otros estudios.

El título de Técnico Profesional Básico en Cocina y Restauración permite:

  • El acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio
  • La obtención del Graduado en ESO, en los cursos 2015/16 o 2016/17, en tanto no sea de aplicación la evaluación prevista en el art. 44.1 de la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.

 

 


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